lunes, 9 de agosto de 2010

PATENTES

CONCEPTO

Una patente es un derecho exclusivo concedido a una invención, que es el producto o proceso que ofrece una nueva manera de hacer algo, o una nueva solución técnica a un problema.
Una patente proporciona protección para la invención al titular de la patente. La protección se concede durante un período limitado que suele ser de 20 años.
La protección de una patente significa que la invención no puede ser confeccionada, utilizada, distribuida o vendida comercialmente sin el consentimiento del titular de la patente.

DERECHOS DE LA PATENTE

El titular de una patente tiene el derecho de decidir quién puede –o no puede- utilizar la invención patentada durante el período en el que está protegida la invención.
El titular de la patente puede dar su permiso, o licencia, a terceros para utilizar la invención de conformidad con términos establecidos de común acuerdo. El titular puede asimismo vender el derecho a la invención a un tercero, que se convertirá en el nuevo titular de la patente.
Cuando la patente expira, expira asimismo la protección y la invención pasa a pertenecer al dominio público; es decir, el titular deja de detentar derechos exclusivos sobre la invención, que pasa a estar disponible para la explotación comercial por parte de terceros.

IMPORTANCIA

Las patentes constituyen incentivos para las personas, ya que les ofrece reconocimiento por su creatividad y recompensas materiales por sus invenciones comercializables.
Estos incentivos alientan la innovación, que garantiza la mejora constante de la calidad de la vida humana.

PASOS PARA OBTENER UNA PATENTE

El primer paso para obtener una patente consiste en presentar una solicitud de patente. La solicitud depatente contiene, por lo general, el título de la invención, así como una indicación sobre su ámbito técnico; debe incluir los antecedentes y una descripción de la invención, en un lenguaje claro y con los detalles suficientes para que una persona con un conocimiento medio del ámbito en cuestión pueda utilizar o reproducir la invención. Estas descripciones están acompañadas, generalmente, por materiales visuales como dibujos, planos o diagramas que contribuyen a describir más adecuadamente la invención.
La solicitud contiene asimismo varias “reivindicaciones”, es decir, información que determina el alcance de protección que concede la patente.
Las patentes son concedidas por una Oficina nacional de patentes o por una Oficina regional que trabaja para varios países, como la Oficina Europea de Patentes (OEP) y la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI). De conformidad con dichos sistemas regionales, un solicitante pide protección para la invención en uno o más países y cada país decide si brinda protección a la patente dentro de sus fronteras.
El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), administrado por la OMPI, estipula que se presente una única solicitud internacional de patente que tiene el mismo efecto que las solicitudes nacionales presentadas en los países designados. Un solicitante que desee protección puede presentar una única solicitud y pedir protección en tantos países signatarios como sea necesario.

SOLICITUD PARA REGISTRO DE PATENTES

PERSONAS NATURALES

Requisitos generales:

1. Formulario “Solicitud para Registro de Patente Personas Naturales”
2. Original y copia legible de la cédula de ciudadanía del contribuyente.
3. Original y copia legible del R.U.C. actualizado.
4. Original y copia legible del Certificado de Seguridad (otorgado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos).
5. Copia legible de las Declaraciones del Impuesto a la Renta o las declaraciones del impuesto al Valor del ejercicio económico anterior al que va a declarar.

CASOS ESPECIALES

Copia legible del Certificado de la calificación artesanal (otorgada por la Junta Nacional de Defensa del Artesano).
Original y copia legible del comprobante de pago de la Tasa Anual de Turismo, para los establecimientos que desarrollan actividad turística.

1. Solicitar el formulario “Solicitud para Registro de Patente Personas Naturales” en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Patente de la Dirección Financiera de la Municipalidad (Bloque Noroeste 2, Palacio Municipal, Planta Baja). El valor de la tasa de trámite para el pago de patente, se incluirá en el Comprobante de Pago de la liquidación de dicho impuesto.
2. Llenar la solicitud con letra imprenta o máquina.
3. Adjuntar los requisitos indicados a la solicitud y entregar en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Patente de la Dirección Financiera de la Municipalidad (Bloque Noroeste 2, Palacio Municipal, Planta Baja), donde se le indicará el monto de la liquidación correspondiente. (No se aceptará documentación incompleta, incorrecta o ilegible).
4. Cancelar en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Recaudaciones el valor de la liquidación.

PERSONAS JURIDICAS

Requisitos generales:

1. Formulario “Solicitud para Registro de Patente Personas Jurídicas”.
2. Copia legible de los Estados Financieros del período contable a declarar, con la fe de presentación de la Superintendencia de Compañías o de Bancos, según sea el caso.
3. Copia legible de la cédula de ciudadanía y del nombramiento actualizado del Representante Legal.
4. Original y copia legible del R.U.C. actualizado.
5. Original y copia legible del Certificado de Seguridad (otorgado por el Benemérito Cuerpo de Bomberos). Las personas que tienen más de un establecimiento, deben presentar el Certificado de Seguridad de cada uno de los locales.
6. Copia de la Escritura de Constitución (cuando es por primera vez).

CASOS ESPECIALES

Original y copia legible del comprobante de pago de la Tasa Anual de Turismo, para los establecimientos que desarrollan actividad turística.

1. Solicitar el formulario “Solicitud para Registro de Patente Personas Jurídicas” en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Patente de la Dirección Financiera de la Municipalidad (Bloque Noroeste 2, Palacio Municipal, Planta Baja). La Tasa de Trámite para el pago de Patente se incluirá en el Comprobante de Pago de dicho impuesto.
2. Llenar la solicitud con letra imprenta o máquina.
3. Adjuntar los requisitos indicados a la solicitud y entregar en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Patente de la Dirección Financiera de la Municipalidad (Bloque Noroeste 2, Palacio Municipal, Planta Baja), donde se le indicará el monto de la liquidación correspondiente. (No se aceptará documentación incompleta, incorrecta o ilegible).
4. Cancelar en la Ventanilla Única Municipal (Cámara de Comercio) o en las Ventanillas de Recaudaciones el valor de la liquidación.

Nota: La cancelación del tributo se efectuará en forma inmediata a la presentación de los requisitos.

¿QUIEN COBRA LAS PATENTES?

Las municipalidades, en uso de sus atribuciones, están facultades para cobrar patentes por el ejercicio de actividades económicas lucrativas.

Sin embargo, resulta motivo de controversia el momento a partir del cual la municipalidad tiene derecho a exigir el pago de la patente a aquellas empresas que se han adjudicado la construcción y explotación de carreteras mediante el sistema de concesiones. La discusión se centra en determinar si debe pagarse patente durante la etapa de construcción o sólo una vez que la empresa concesionaria ha iniciado la explotación. Dependiendo de la respuesta la empresa concesionaria incurrirá en mayores o menores costos por esta causa.

La Contraloría General de la República resuelve mediante dictamen N°3341 del 10 de septiembre de 1999, solicitado por Autopista del Maipo S.A, pero de aplicación general según establece el mismo dictamen, que las municipalidades deben abstenerse del cobro de patente comercial hasta que se inicie la explotación de la obra, pues sólo en este caso se estará ante el ejercicio de una actividad lucrativa. Por tanto, no procede el pago de patente durante la etapa de construcción.

El cumplimiento de los derechos de patente normalmente se hace respetar en los tribunales que, en la mayoría de los sistemas, tienen la potestad de sancionar las infracciones a la patente. Del mismo modo, un tribunal puede asimismo declarar no válida una patente si un tercero obtiene satisfacción en un litigio relacionado con la patente.

IMPUESTO MENSUAL

Sobre la base imponible determinada en el artículo anterior, se regula el impuesto mensual de patentes municipales de conformidad a lo
siguiente:
a) Negocios que operen con un capital propio de hasta US $ 12,500,oo pagarán un impuesto de patente mensual de US $ 0,50 (cincuenta centavos de dólar) mensuales.
b) Negocios que operen con un capital propio superior a US $ 12.501,oo pagarán un impuesto de patente mensual equivalente a 0.04 por 1000 del patrimonio.
El impuesto de patente mensual a pagar no podrá ser superior en ningún caso al valor de US $ 240 (doscientos cuarenta dólares)”.

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