lunes, 9 de agosto de 2010

MUNICIPALIDAD

La M. I. Municipalidad de Guayaquil, se rige principalmente en lo que prescribe la Constitución Política de la República, en sus artículos 253 y 264 ; y, en la Ley de Régimen Municipal en sus artículos 1 y 16, que establece la autonomía funcional, económica y administrativa de la Entidad.

FUNCIONES Y OBJETIVOS GENERALES

A la Municipalidad le corresponde, cumpliendo con los fines que le son esenciales, satisfacer las necesidades colectivas del vecindario, especialmente las derivadas de la convivencia urbana cuya atención no compete a otros organismos gubernativos; sin embargo coadyuvará con apego a la Ley, a la realización de los fines del Estado.

Normar a través de Ordenanzas, dictar Acuerdos y Resoluciones, determinar la política a seguir y fijar las metas en cada una de las ramas propias de la Administración Municipal.

POLÍTICAS

Para alcanzar los objetivos propuestos y cumplir las funciones encomendadas, la M. I. Municipalidad de Guayaquil desarrolla las siguientes estrategias:

a. Procurar el ordenamiento urbanístico de la ciudad, mejorar e incrementar los servicios públicos de la comunidad, a la vez que mantener en buen estado los existentes.

b. Ejercer un estricto control en materia de higiene, salubridad y asistencia social, propender la elevación del nivel cultural de los vecinos del Cantón.

c. Alcanzar el mayor rendimiento de las fuentes de financiamiento, procurar a la vez el ordenamiento racional y lógico del costo municipal.

d. Propender a mejorar el sistema económico-administrativo del Cabildo para fortificar las finanzas y alcanzar una eficiente racionalización administrativa.

e. Coordinar su acción con otros organismos de la Ciudad y de la provincia, con la finalidad de optimizar recursos y encontrar una verdadera solución a los problemas del Cantón.

f. Sistematizar a través del procedimiento electrónico de datos, las distintas áreas de la Corporación, a fin de encontrar mayor eficiencia y servicio para la comunidad.

ORGANIZACIÓN

La organización administrativa de la Municipalidad estará de acuerdo con las necesidades peculiares que deba satisfacer, la importancia de los servicios públicos a prestarse y la cuantía de la hacienda municipal y responderá a una estructura que permita tener todas y cada una de las funciones que a ella competen, para el mejor cumplimiento de las mismas.

Para esto se ha implementado un Reglamento Orgánico y Funcional que determina la estructura administrativa, teniendo en cuenta que las distintas dependencias constituyen un organismo racionalmente integrado desde el punto de vista de la división del trabajo.

La administración del personal se basará en el sistema de mérito y para el acceso al servicio público solo se tendrá en cuenta el régimen de personal adoptado por el Concejo o en su defecto, las regulaciones de la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa y Código de Trabajo.

Así mismo se sigue laborando bajo la guía de los Manuales Específicos de Contabilidad Gubernamental y de Administración y, Control de Inventarios y de Activos Fijos de ésta Municipalidad, aprobados debidamente por la Contraloría General del Estado, y que sirven de base para el funcionamiento, actualización y evaluación del sistema contable, en concordancia del acuerdo No. 182 del Ministerio de Economía y Finanzas publicado en el Registro Oficial No. 249, del Lunes 22 enero del 2001, y sus reformas.

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