lunes, 9 de agosto de 2010

ALCALDIA

A la Municipalidad le corresponde, cumpliendo con los fines que le son esenciales, satisfacer las necesidades colectivas del vecindario, especialmente las derivadas de la convivencia urbana cuya atención no compete a otros organismos gubernativos; sin embargo coadyuvará con apego a la Ley, a la realización de los fines del Estado.

Normar a través de Ordenanzas, dictar Acuerdos y Resoluciones, determinar la política a seguir y fijar las metas en cada una de las ramas propias de la Administración Municipal.

El territorio ecuatoriano para su administración política y administrativa , se divide en provincias cantones y parroquias así como territorios indígenas y afroecuatorianos que responden a los principios pluriculturales y pluriétnicos que caracterizan al Estado.

La provincia es administrada por el consejo Provincial.

El cantón es administrado por el consejo Cantonal.

La parroquia es administrada por la Junta parroquial.

Los dos primeros gozan de la plena autonomía , lo que en el aspecto legislativo implica la promulgación de ordenanzas , reglamentos , resoluciones y acuerdos así como la capacidad de crear , modificar y suprimir tasas y contribuciones de mejoras.

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